El Gobierno de México manifestó su grave preocupación por la resolución preliminar del Departamento de Comercio de los Estados Unidos (DOC) que determinó la existencia de dumping por parte de los exportadores de fresa de México, en una decisión que calificó como "arbitraria".

Mexconomy — El DOC situó el dumping entre 3.37% y 5.28% dependiendo de la empresa, con un promedio de 4.83% para la mayoría de los exportadores mexicanos.

El caso tuvo su origen el 31 de diciembre de 2025, cuando productores del estado de Florida presentaron una solicitud ante el DOC y la Comisión de Comercio Internacional de los EE.UU. (ITC) para la imposición de derechos antidumping contra las exportaciones de fresa mexicana. La particularidad de la solicitud es que se basa en diferenciar las fresas de invierno de las fresas en general, así como a algunos estados del Este de los Estados Unidos del conjunto del mercado nacional.

En un reporte preliminar de marzo de 2026, la ITC concluyó que no había bases para aceptar la existencia del producto llamado "fresas de invierno" como algo diferente al producto "fresas". También concluyó que no existían bases para aceptar que hubiera en Estados Unidos un mercado regional de dicho producto, determinando que existe un mercado nacional. Aun así, en su resolución preliminar, el DOC sostiene ambos conceptos.

La Secretaría de Economía advirtió que el fallo del DOC podría ser utilizado como antecedente para otros productores estadounidenses contra otras exportaciones hortofrutícolas mexicanas.

La fresa en México es cultivada por casi 5 mil productores, de los cuales el 97% tienen 10 hectáreas o menos. En la cadena de la fresa se emplean aproximadamente 151 mil personas entre trabajadores permanentes y temporales. En 2025, México exportó 263 mil toneladas de fresa a Estados Unidos, por un valor de mil millones de dólares.

El Gobierno de México, en coordinación con los productores y exportadores de fresa mexicana, dará un seguimiento puntual a las etapas posteriores hasta la resolución final de este caso por parte de la ITC, que se espera conocer a principios del 2027.

La Secretaría de Economía subrayó que los supuestos en que se basa esta resolución del DOC no son consistentes con el Acuerdo Antidumping de la OMC ni con diversos artículos del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

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